Resumen | |
[J] | El caso de los niños robados no ha prescrito(publicado en Actualidad Diaria 2258 el 4 de octubre de 2012) |
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La resolución recurrida archiva las actuaciones declarando extinguida la responsabilidad penal por haber prescrito los delitos de detención ilegal, suposición de parto, alteración de paternidad y falsedad, al haber transcurrido el plazo extintivo.
Según consta en las actuaciones los hechos denunciados sucedieron el 20.04.1978, cuando Dª. F. T. O. ingresó, embarazada, en la Casa de la Madre, perteneciente al INAS, sito en la calle Goya, 120 de Madrid. Tras un embarazo normal, dio a luz de forma espontánea el 26.05.1978, sobre las 14,15 horas. Dos horas después del alumbramiento una monja llamada Sor María comunicó al padre que el recién nacido había fallecido, convenciendo a los presentes para que no vieran el cadáver. Se produjeron una serie de circunstancias, como deficiencias en la licencia de enterramiento, en la data del embarazo, señalándose que era de ocho meses y medio, cuando había cumplido los nueve, presencia en una habitación inmediata de un matrimonio atento a la evolución de este embarazo, que hacen sospechar la existencia de una sustracción del recién nacido y la entrega a terceros. | |
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